¿Desde cuándo rige el sueldo mínimo de S/ 1,300 y cuánto es el bono? Ya hay dos tramos confirmados, una condición climática para el segundo, y un monto para el bono de las microempresas.
El 28 de julio, en el Mensaje a la Nación, el Gobierno anunció que subirá la Remuneración Mínima Vital a S/ 1,300, con un bono compensatorio por única vez para las micro y pequeñas empresas.
Más de un mes después sigue sin decreto publicado, así que la RMV que debes pagar hoy es la vigente: S/ 1,130. Pero el expediente se movió: hay dos tramos confirmados por la presidencia, una condición climática para el segundo, un bono que ya tiene monto y destinatario, y una fecha concreta de debate.
La fecha que importa ahora: jueves 3 de setiembre
El Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo se reúne ese día en Sesión Extraordinaria N.° 49 del Pleno para abordar el alza. Se sientan las tres partes: Gobierno, centrales de trabajadores y gremios de empleadores.
Es la primera vez que la propuesta se discute formalmente en la instancia que corresponde, y por eso es la fecha a la que hay que mirar. Dicho esto, conviene no confundir el trámite con la decisión: el Consejo evalúa, pero la RMV se fija por decreto supremo del Ministerio de Trabajo, que tiene la competencia exclusiva.
Y el propio ministro Juan Sheput ha seguido diciendo, ya entrado el proceso, que todavía no hay fecha definida para el aumento.
El bono ya tiene monto y destinatario
Es la novedad que más cambia tu cuenta, y la dio el ministro de Economía Elmer Cuba en entrevista con Canal N: el bono sería de S/ 100 por trabajador que gane la Remuneración Mínima Vital, es decir, exactamente el monto del primer aumento.
No es para todas las mypes. Según lo anunciado, alcanza a microempresas con entre dos y diez trabajadores que tengan empleados percibiendo la RMV en el sector formal, y solo se paga por esos trabajadores, no por toda la planilla. Se entregaría el mismo mes en que entre en vigencia el primer aumento.
En la práctica, eso significa que durante ese mes el alza saldría neutra para una microempresa que cumpla los requisitos: el Estado devuelve lo que sube el sueldo. A partir del mes siguiente, el sobrecosto queda entero de tu lado.
El ministro calificó el costo fiscal de la medida como «marginal en las finanzas públicas».
Sigue sin haber norma. Es un anuncio ministerial, no un decreto, así que no hay procedimiento ni padrón ni fecha.
Los dos tramos, y la condición que nadie esperaba
El 16 de agosto la presidenta confirmó el escalonamiento: S/ 100 durante 2026 y S/ 70 después, hasta llegar a S/ 1,300.
Lo nuevo, y no es menor, es de qué depende el segundo tramo: quedaría condicionado al término de la emergencia climática por el fenómeno El Niño, presentado como una medida de prudencia fiscal. El ministro de Trabajo lo situó así: «probablemente sea una antes de fin de año y la segunda después del verano».
Para ti eso se traduce en algo concreto: el segundo tramo no tiene fecha, tiene condición. Y una condición climática no se puede poner en un presupuesto.
Cuánto puede tardar
El 5 de agosto el ministro de Trabajo, Juan Sheput, puso números al proceso: «Lo vamos a hacer lo más rápido posible, tomando en cuenta la metodología que tiene que estar involucrada», y calculó entre 60 y 90 días de trabajo en el Consejo Nacional de Trabajo.
Contado desde agosto, eso lleva la decisión a noviembre, con una vigencia que caería en diciembre de 2026 o el 1 de enero de 2027 —esta última es la fecha habitual para este tipo de alzas—.
Ese mismo día se dio el primer paso administrativo: el MTPE ratificó a Jorge Alberto Larrea De Rossi como secretario técnico del Consejo Nacional de Trabajo, que es lo que permite activar el organismo y convocar a las partes.
Y conviene saber quién decide de verdad. El Consejo Nacional de Trabajo es una instancia tripartita —Estado, sindicatos y gremios empresariales—, pero la RMV se fija por decreto supremo del MTPE, que tiene la competencia exclusiva. El Consejo participa en la evaluación; la firma es del ministerio.
Qué está confirmado y qué no
| Estado | |
|---|---|
| RMV vigente hoy | S/ 1,130 (D.S. 006-2024-TR, desde el 1/1/2025) |
| Decreto supremo que suba la RMV a S/ 1,300 | No existe |
| Que el alza irá en dos tramos, S/ 100 y S/ 70 | Confirmado por la presidencia, sin norma |
| Primer tramo | Durante 2026, «antes de fin de año» según el MTPE |
| Segundo tramo | Sin fecha: condicionado al fin de El Niño |
| Debate en el Consejo Nacional de Trabajo | Jueves 3 de setiembre, Sesión Extraordinaria N.° 49 |
| Plazo del proceso | 60 a 90 días, según el MTPE |
| Desde cuándo rige la nueva RMV | Sin fecha oficial |
| Monto del bono | S/ 100 por trabajador que gane la RMV, anunciado por el MEF |
| Qué mype califica | Microempresas de 2 a 10 trabajadores, formales, con personal en RMV |
| Cuándo se pagaría el bono | El mismo mes del primer aumento |
Buscamos la norma en el Diario Oficial El Peruano y sigue sin estar. El último decreto supremo que modificó la RMV es el D.S. 006-2024-TR, que la subió a S/ 1,130 desde el 1 de enero de 2025.
Esto no es un detalle burocrático. Un anuncio no cambia tu obligación de pagar: mientras no salga el decreto, la RMV que debes seguir aplicando es S/ 1,130.
Por qué esto te importa aunque todavía no rija
Si tienes trabajadores en planilla ganando el mínimo, el aumento te llega directo al costo. Y no llega solo: la RMV es la base de varios cálculos que se mueven con ella —aportes, y en el régimen MYPE también la indemnización por despido, que se computa en remuneraciones diarias—.
Por eso el bono compensatorio es la parte interesante del anuncio. Y por eso su ausencia de detalles es el problema: sabes que el costo sube, pero no cuánto te van a devolver ni cuándo.
Los gremios reaccionaron en esa línea. El presidente de la Sociedad Nacional de Industrias dijo que el anuncio "nos agarró por sorpresa, no lo esperábamos", y el gremio Mypes Unidas señaló algo parecido y pidió precisiones sobre el bono. El presidente de CONFIEP, Jorge Zapata, advirtió que "la micro y pequeña empresa es la más afectada cuando se sube la remuneración mínima vital" y que un alza sin mecanismos de acompañamiento puede empujar a la informalidad justo a las empresas que hoy están formalizadas.
Un matiz del régimen MYPE que conviene conocer
Aquí es donde se arma la confusión, y se repite mal por todos lados. En mayo de 2025 se publicó la Ley N.° 32353, que reemplazará al Texto Único Ordenado de la Ley MYPE (D.S. 013-2013-PRODUCE), y muchos dan por hecho que, por estar publicada, ya se aplica. Pero esa ley todavía no rige: su entrada en vigor depende de que se publique su reglamento, y el propio compilador oficial de El Peruano anota, sobre el TUO, que la Ley 32353 "entra en vigencia al día siguiente de la fecha de publicación de su reglamento y aun no se publica".
Así que el marco laboral MYPE vigente hoy sigue siendo el TUO. Y su artículo 52 reconoce a los trabajadores de la microempresa el derecho a percibir por lo menos la RMV, aunque añade que, con acuerdo del Consejo Nacional de Trabajo, podría establecerse por decreto supremo una remuneración mensual menor.
Es una habilitación legal, no un permiso automático: haría falta ese decreto para que aplique, y no hemos verificado que exista uno vigente. La regla práctica no cambia: paga al menos la RMV.
Lo apuntamos porque si el debate sobre el alza avanza, ese artículo es uno de los sitios donde podría moverse algo. Lo tienes explicado a fondo en nuestra guía de beneficios laborales de microempresa y pequeña empresa.
Nuestra recomendación
No cambies tu planilla todavía, pero haz el cálculo. Y ahora hazlo en dos escalones.
Piensa en una ferretería en Arequipa con tres trabajadores que hoy ganan el mínimo. Con el alza en dos tramos, el primer golpe no es de S/ 170 por trabajador sino de S/ 100: unos S/ 300 al mes en esa planilla, y bastante más al año con gratificaciones y aportes encima. El segundo tramo, de S/ 70, llega después.
Esa distinción cambia la decisión. Un salto de golpe puede obligarte a mover precios o personal de inmediato; uno partido en dos te da margen para absorber el primero y prepararte para el segundo. Haz las dos cuentas por separado, no la del total.
Y no cuentes con el bono para cuadrarlas. Dos semanas después del anuncio sigue sin monto, sin fecha y sin requisitos. Eso no es un ingreso: es una intención. Si llega, será una buena noticia; si presupuestas contando con él, será un problema.
Fuentes
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El Peruano — Nota informativa: el Gobierno anuncia el aumento de la Remuneración Mínima Vital a S/ 1,300 y un bono para las mypes, 28 de julio de 2026. Ver nota. Consultado el 01/08/2026.
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El Peruano — D.S. 006-2024-TR: fija la RMV vigente en S/ 1,130 desde el 1 de enero de 2025. Ver norma. Consultado el 01/08/2026.
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El Peruano — TUO de la Ley MYPE (D.S. 013-2013-PRODUCE) y Ley N.° 32353; esta última, del 27/05/2025, derogó el D.S. 013-2013-PRODUCE. Ver documento. Consultado el 01/08/2026.
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RPP — Reacción de la Sociedad Nacional de Industrias y de Mypes Unidas al anuncio del aumento. Ver nota. Consultado el 01/08/2026.
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Infobae — Declaración de Jorge Zapata, presidente de CONFIEP, sobre riesgo de informalidad. Ver nota. Consultado el 01/08/2026.
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El Comercio — El ministro de Economía, Elmer Cuba, adelanta que el alza iría en dos tramos: S/ 100 el primero y S/ 70 el segundo, 09/08/2026. Ver nota. Consultado el 11/08/2026.
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Infobae — El ministro de Trabajo, Juan Sheput, calcula entre 60 y 90 días de proceso en el Consejo Nacional de Trabajo, 05/08/2026. Ver nota. Consultado el 11/08/2026.
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Infobae — El MTPE ratifica a Jorge Alberto Larrea De Rossi como secretario técnico del Consejo Nacional de Trabajo; la RMV se fija por decreto supremo del ministerio, 05/08/2026. Ver nota. Consultado el 11/08/2026.
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Infobae — El MEF detalla el bono: S/ 100 por trabajador que gane la RMV, para microempresas de dos a diez trabajadores, pagado el mismo mes del primer aumento, 07/08/2026. Ver nota. Consultado el 25/08/2026.
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Infobae — La presidencia confirma los dos tramos y condiciona el segundo al término del fenómeno El Niño, 16/08/2026. Ver nota. Consultado el 25/08/2026.
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Infobae — El MTPE convoca la Sesión Extraordinaria N.° 49 del Pleno del Consejo Nacional de Trabajo para el 3 de setiembre de 2026, con el alza de la RMV como tema central, 25/08/2026. Ver nota. Consultado el 01/09/2026.
Búsqueda en el Diario Oficial El Peruano al 01/09/2026: sigue sin localizarse decreto supremo que fije la RMV en S/ 1,300. El último decreto sobre RMV es el D.S. 006-2024-TR (S/ 1,130). El bono tampoco tiene norma publicada.
Este contenido es informativo y refleja la normativa vigente a la fecha de verificación indicada arriba. Las condiciones tributarias y laborales cambian: confirma siempre en SUNAT, el MTPE o Gob.pe antes de tomar una decisión.
Preguntas frecuentes
¿Ya subió el sueldo mínimo?
No. Al 11 de agosto de 2026 sigue sin decreto publicado. Hasta que se publique, rige la RMV vigente: S/ 1,130, fijada por el D.S. 006-2024-TR desde el 1 de enero de 2025.
¿Desde cuándo tendría que pagar los S/ 1,300?
No hay fecha oficial: la fijará el decreto supremo. Lo que sí hay es una estimación del propio MTPE, que calcula entre 60 y 90 días de proceso en el Consejo Nacional de Trabajo. Contado desde agosto, eso apunta a una decisión en noviembre y a una vigencia en diciembre de 2026 o el 1 de enero de 2027.
¿Es verdad que va a subir en partes?
Es lo que adelantó el MEF: un primer tramo de S/ 100 y un segundo de S/ 70. No está en ninguna norma todavía, y no se ha dicho cuánto tiempo separa uno del otro.
¿Cuánto es el bono para mypes?
S/ 100 por cada trabajador que gane la Remuneración Mínima Vital, según anunció el MEF. Alcanza a microempresas formales con entre dos y diez trabajadores, y se pagaría el mismo mes del primer aumento. Todavía no hay norma que lo regule.
¿Mi empresa califica para el bono?
Por lo anunciado, si es microempresa formal, tiene entre dos y diez trabajadores y alguno de ellos gana el mínimo. El bono se paga solo por esos trabajadores, no por toda la planilla. Los criterios definitivos saldrán en la norma.
¿Qué se decide el 3 de setiembre?
Se debate. El Consejo Nacional de Trabajo reúne a Gobierno, trabajadores y empleadores para evaluar la propuesta, pero de esa sesión no sale la norma: la RMV se fija después, por decreto supremo del MTPE.
¿Cuándo llega el segundo tramo de S/ 70?
No hay fecha. Quedó condicionado al término de la emergencia climática por el fenómeno El Niño, y el MTPE lo situó «después del verano».
¿Quién decide finalmente el monto?
El MTPE, por decreto supremo: es su competencia exclusiva. El Consejo Nacional de Trabajo reúne a Estado, sindicatos y gremios para la evaluación, pero la firma es del ministerio.
¿Afecta a mi microempresa si no tengo trabajadores en planilla?
La RMV aplica a trabajadores en planilla. Si no tienes, el alza no te toca de forma directa, aunque sí puede mover costos de proveedores y servicios que sí tienen personal.
¿Dónde me entero cuando salga la norma?
En el Diario Oficial El Peruano, que es donde se publica. Nosotros actualizamos esta nota cuando hay novedades: la última revisión es del 11 de agosto de 2026.